Artículo 198 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ser designado abogado defensor se requiere, contar con título y cédula profesional de Licenciatura en Derecho con una antigüedad mínima de dos años y con experiencia comprobable en la materia y de los derechos humanos por igual plazo, además de los requisitos que se establezcan en el Reglamento Interior del Tribunal Electoral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.