Artículo 358 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las elecciones ordinarias de Diputaciones del Congreso de la Ciudad de México, de la Jefatura de Gobierno y Alcaldías deberán celebrarse el primer domingo de junio del año que corresponda.
La totalidad del proceso electoral de la Ciudad de México será concurrente en sus fechas al proceso federal.
El cumplimiento de las normas contenidas en el presente Capítulo se hará en cuanto no contravengan las disposiciones contenidas en el artículo 41 de la Constitución, la Ley General y demás ordenamientos aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.