Artículo 66 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son atribuciones de la Comisión de Normatividad y Transparencia:
I. Proponer al Consejo General y con base en la propuesta que formule la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos, los proyectos de:
a) Reglamento Interior del Instituto Electoral;
b) Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones, c) Reglamento de integración y funcionamiento de los Consejos Distritales;
d) Reglamento para el trámite y sustanciación de quejas y procedimientos de investigación;
e) Reglamento del Instituto Electoral en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
II. Proponer al Consejo General, la normatividad que mandata la legislación local en materia de Protección de Datos Personales y Archivos;
III. Proponer al Consejo General lineamientos sobre el acceso a la información pública de las Asociaciones Políticas;
IV. Opinar sobre los proyectos de informes que en materia de transparencia y acceso a la información se presenten al Consejo General; y V. Emitir opiniones respecto de los anteproyectos de normas que pongan a su consideración las diversas áreas del Instituto Electoral, conforme a las disposiciones de este Código y demás normatividad aplicable; y VI. Las demás que disponga este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.