Código Electoral estatal

Artículo 66 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son atribuciones de la Comisión de Normatividad y Transparencia:

I. Proponer al Consejo General y con base en la propuesta que formule la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos, los proyectos de:

a) Reglamento Interior del Instituto Electoral;

b) Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones, c) Reglamento de integración y funcionamiento de los Consejos Distritales;

d) Reglamento para el trámite y sustanciación de quejas y procedimientos de investigación;

e) Reglamento del Instituto Electoral en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

II. Proponer al Consejo General, la normatividad que mandata la legislación local en materia de Protección de Datos Personales y Archivos;

III. Proponer al Consejo General lineamientos sobre el acceso a la información pública de las Asociaciones Políticas;

IV. Opinar sobre los proyectos de informes que en materia de transparencia y acceso a la información se presenten al Consejo General; y V. Emitir opiniones respecto de los anteproyectos de normas que pongan a su consideración las diversas áreas del Instituto Electoral, conforme a las disposiciones de este Código y demás normatividad aplicable; y VI. Las demás que disponga este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 66 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México — Colima?

Son atribuciones de la Comisión de Normatividad y Transparencia: I. Proponer al Consejo General y con base en la propuesta que formule la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos, los proyectos de: a) Reglamento Interior del…

¿Está vigente el artículo 66?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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