Artículo 10 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las autoridades electorales, en sus respectivos ámbitos de competencia, vigilarán el cumplimiento de los fines de la democracia y la existencia de condiciones de equidad en la contienda electoral.
(ADICIONADO, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
Las facultades de asunción, delegación y atracción de las actividades propias de la función electoral se desarrollarán de conformidad con lo que señale la Ley General.
TÍTULO CUARTO DE LOS CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.