Artículo 9 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La democracia electoral en el Distrito Federal tiene como fines:
I. Garantizar el libre ejercicio de los derechos de los ciudadanos de votar y ser votados;
II. Fomentar y garantizar el derecho fundamental de asociación política de los ciudadanos;
III. Ofrecer opciones políticas a la ciudadanía para elegir a sus representantes mediante procesos electorales;
IV. Impulsar la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones públicas;
(REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
V. Fortalecer los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas de las autoridades electorales, asociaciones políticas y candidatos hacia los ciudadanos;
VI. Fomentar una ciudadanía informada, crítica y participativa, dotada de valores democráticos; y (REFORMADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
VII. Favorecer la corresponsabilidad entre gobernantes y gobernados en la solución de los problemas de la Ciudad; y (ADICIONADA, G.O. 30 DE JUNIO DE 2014)
VIII. Garantizar la igualdad de oportunidades y la paridad de género en la postulación de candidaturas para la ocupación de los cargos de elección popular en los términos previstos por la Constitución, la Ley General, el Estatuto de Gobierno y este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.