Artículo 127 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La coalición podrá ejercer el monto total de financiamiento público para la obtención del voto que resulte de la suma de los montos asignados a cada uno de los partidos políticos coaligados, pero en todo caso, deberá respetar lo que establece este Código en lo relativo a topes de campaña.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.