Artículo 130 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Concluido el proceso electoral, la coalición será inexistente, pero subsistirán las obligaciones de los partidos políticos que se hubieren coaligado.
Capítulo IV FUSIONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.