Artículo 17 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son impedimentos para votar:
I. Haber sido condenado por delito intencional que merezca pena corporal, hasta la extinción de la pena;
II. Estar suspendido de sus derechos políticos electorales por sentencia ejecutoriada, y III. Quedar en estado de interdicción.
IV. Se deroga.
V. Se deroga.
Capítulo IV Requisitos de Elegibilidad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.