Artículo 26 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El programa de acción determinará:
I. Medidas congruentes que permitan cumplir los postulados y alcanzar los objetivos contenidos en su declaración de principios;
II. Acciones de formación ideológica y política de sus afiliados, infundiendo en ellos el respeto al adversario y sus derechos en la lucha política;
III. Instrumentos de promoción de cultura política democrática entre la ciudadanía, que incidan en su participación en los procesos políticos, electorales y de consulta ciudadana en el Estado, los municipios y las comunidades, y IV. Políticas para coadyuvar en la solución de los problemas sociopolíticos, estatales y municipales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.