Código Electoral estatal

Artículo 261 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El procedimiento para presentar solicitud de observador electoral, es el siguiente:

I. La solicitud de acreditación se hará personalmente o a través de la organización académica, social o civil a la que pertenece el solicitante, siempre que esté legalmente constituida en el país y no tenga vínculos con partido político o agrupación política alguna;

II. La acreditación como observador electoral será de uso individual e intransferible;

III. En el caso de que se presente solicitud a través de una organización, se deberá acompañar con carta de aceptación individual para participar como observador electoral, y IV. La solicitud se presentará por escrito ante el Consejo General, dentro del plazo que señale la convocatoria respectiva y deberá contener lo siguiente:

a) Datos de identificación personal;

b) Motivos para participar en la observación electoral;

c) Descripción de los actos o las etapas específicas del proceso electoral que se desea observar, e d) Señalamiento de los lugares específicos en donde se realizará la observación electoral.

V. A efecto de elaborar los gafetes de identificación personal de los observadores electorales, cada uno de los solicitantes deberá acompañar la solicitud respectiva con:

a) Copia de su credencial para votar, e b) Dos fotografías en blanco y negro, tamaño pasaporte, tomadas de frente.

VI. Asistir a los cursos de capacitación, preparación e información que imparta el Instituto.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 261 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala?

El procedimiento para presentar solicitud de observador electoral, es el siguiente: I. La solicitud de acreditación se hará personalmente o a través de la organización académica, social o civil a la que pertenece el…

¿Está vigente el artículo 261?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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