Artículo 291 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo General resolverá sobre el registro de candidatos dentro de los cuatro días siguientes al vencimiento de los plazos de registro de candidatos y publicará el acuerdo correspondiente al quinto día. De la misma manera se publicarán las cancelaciones de registro o sustituciones de los candidatos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.