Código Electoral estatal

Artículo 291 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Consejo General resolverá sobre el registro de candidatos dentro de los cuatro días siguientes al vencimiento de los plazos de registro de candidatos y publicará el acuerdo correspondiente al quinto día. De la misma manera se publicarán las cancelaciones de registro o sustituciones de los candidatos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 291 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala?

El Consejo General resolverá sobre el registro de candidatos dentro de los cuatro días siguientes al vencimiento de los plazos de registro de candidatos y publicará el acuerdo correspondiente al quinto día. De la misma…

¿Está vigente el artículo 291?

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