Artículo 349 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El presidente de la mesa directiva de casilla recogerá la credencial para votar que tenga muestra de alteración o no pertenezca al ciudadano, poniendo a disposición de las autoridades, a quien la presente.
El secretario de la mesa directiva anotará el incidente en el acta respectiva, con mención expresa del nombre del ciudadano o ciudadanos presuntamente responsables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.