Artículo 352 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los representantes de los partidos políticos en funciones ante las mesas directivas, podrán ejercer su derecho de voto en la casilla en la que estén acreditados, para lo cual se seguirá el procedimiento señalado en el anterior artículo, anotando el nombre completo y la clave de la credencial para votar de los representantes al final de la lista nominal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.