Código Administrativo estatal

Artículo 254 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La contestación de la demanda se acompañará de:

I. Copias de la misma y de los documentos anexos para las partes y una más para el duplicado;

II. El documento en que acredite su personalidad cuando el demandado o el tercero sea un particular y no gestione en nombre propio; en el caso de las autoridades, el nombramiento que lo acredite como tal; en su caso, el instrumento que acredite la representación de la misma, conjunta o separadamente;

III. El cuestionario que debe desahogar el perito, el cual deberá ir firmado por el demandado;

IV. En su caso, la ampliación del cuestionario para el desahogo de la pericial ofrecida por el demandante.

V. Las pruebas que ofrezca; y, VI. Tratándose de la contestación a la ampliación de la demanda, se deberán adjuntar también los documentos previstos en este artículo, excepto aquellos que ya se hubieren acompañado al escrito de contestación de la demanda. La contestación deberá cumplir los requisitos formales exigidos para la demanda.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 254 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

La contestación de la demanda se acompañará de: I. Copias de la misma y de los documentos anexos para las partes y una más para el duplicado; II. El documento en que acredite su personalidad cuando el demandado o el…

¿Está vigente el artículo 254?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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