Artículo 315 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
315.- Todo documento redactado en idioma extranjero se presentará original al Tribunal, acompañado de su traducción al castellano, si el interesado intenta hacerlo valer desde luego en juicio o si debe protocolizarse. Si la parte contraria, en caso de litigio, estuviere conforme con la traducción o no manifestara nada acerca de ella dentro del término de tres días contados a partir de aquél en que se le dio conocimiento de ella, se tendrá por correcta la traducción. Si la parte contraria no estuviere conforme con la traducción, el Tribunal nombrará un traductor para que la practique de nuevo, a fin de que así obre en los autos el documento, o sea protocolizado con ella en su caso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.