Artículo 404 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
404.- La reconvención será admitida si se fundare en algún título que motive la vía sumaria o la ejecutiva. En cualquier otro caso, se reservará para decidirse en el juicio que corresponda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.