Artículo 581 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
581.- Practicados el inventario y el avalúo serán agregados a los autos, y se pondrán a la vista de los interesados en la secretaría del juzgado, por el término de cinco días, para que puedan examinarlos, citándose a este efecto en la forma legal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.