Código Civil estatal

Artículo 596 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

596.- El juez abrirá en su caso la correspondencia que venga dirigida al autor de la sucesión, en presencia del secretario y del albacea, en los períodos que se señalen, según las circunstancias. El albacea recibirá la que tenga relación con el caudal, dejándose testimonio de ella en los autos; y el juez conservará la restante para darle en su oportunidad el destino correspondiente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 596 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

596.- El juez abrirá en su caso la correspondencia que venga dirigida al autor de la sucesión, en presencia del secretario y del albacea, en los períodos que se señalen, según las circunstancias. El albacea recibirá la…

¿Está vigente el artículo 596?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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