Artículo 607 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
607.- Las cantidades que resulten líquidas se depositarán, a disposición del juzgado, en la Sucursal del Banco de México, y en defecto de ella, en cualquiera otra institución bancaria o comercial de crédito reconocido del lugar del juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.