Artículo 773 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
773.- Los incidentes que pongan obstáculo al curso del juicio se substanciarán en la misma pieza de autos que el asunto principal, quedando entre tanto en suspenso aquel. Se entenderá que impide el curso del juicio todo incidente sin cuya previa resolución es absolutamente imposible, de hecho o de derecho, continuar substanciándolo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.