Artículo 774 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
774.- Los incidentes que no pongan obstáculo a la prosecución del juicio se substanciarán en pieza separada, que se formará con los escritos y documentos que presenten las partes. En estos casos, el juicio principal seguirá su curso legal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.