Artículo 806 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
806.- La interposición de una tercería excluyente autoriza al actor o ejecutante a pedir que se mejore la ejecución en otros bienes del deudor.
Si sólo alguno de los bienes secuestrados fuere objeto de la tercería, los procedimientos del juicio principal continuarán hasta vender y hacer pago al acreedor con los bienes no comprendidos en la misma tercería, salvo que el ejecutante exprese su deseo de que se espere a que la tercería se resuelva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.