Artículo 938 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
938.- En caso necesario, previa orden especial y expresa del juez, se podrán practicar cateos y romper cerraduras en cuanto fuere indispensable para encontrar bienes bastantes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.