Artículo 407 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el Juez no rinde el informe a que se refiere este Capítulo, será apremiado de oficio por el Superior para que lo haga remitiéndole copia del escrito de queja.
TITULO DECIMO EJECUCION CAPITULO I Ejecución de Resoluciones Dictadas por los Tribunales del Estado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.