Artículo 1101 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1101.- La intervención del tutor especial se limitará sólo a aquello en que el tutor propietario tenga inc ompatibilidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.