Artículo 168 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 168. Para determinar la competencia por razón de la cuantía del negocio, se tendrá en cuenta únicamente lo que demande el actor como suerte principal a la fecha de la interposición de la demanda.
Miércoles 23 de julio del 2014. ANEXO AL PERIÓDICO OFICIAL 25
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.