Artículo 197 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 197. Cuando se pretenda la desocupación por falta de pago de rentas y no existiere contrato de arrendamiento escrito, puede justificarse su existencia mediante confesional, información testimonial, prueba documental o cualesquier otra que sea bastante.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.