Artículo 464 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 464. Cuando los productos de los bienes variasen de trimestre a trimestre, el albacea presentará su proyecto de distribución por cada uno de los períodos indicados. En este caso deberán presentar el proyecto respectivo dentro de los primeros cinco días del trimestre correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.