Código Civil estatal

Artículo 53 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 53. Ningún juez puede sostener competencia con su superior inmediato, pero sí con otro juez o tribunal que aunque superior en su clase no ejerza jurisdicción sobre él.

Tampoco puede sostener su competencia el tribunal que reconozca la jurisdicción del otro por providencia expresa, salvo que el acto del reconocimiento consista sólo en la cumplimentación de un exhorto, pues en este caso, el tribunal requerido no estará impedido para sostenerla.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 53 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 53 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)?

Ningún juez puede sostener competencia con su superior inmediato, pero sí con otro juez o tribunal que aunque superior en su clase no ejerza jurisdicción sobre él. Tampoco puede sostener su competencia el tribunal que…

¿Está vigente el artículo 53?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.