Artículo 442 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El inventario aprovecha a todos los interesados aunque no hubieren sido citados y no puede ser objetado por los que lo hicieron o aprobaron.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.