Artículo 1.247 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1.247.- Cuando la caducidad tenga lugar en la segunda instancia, habiendo sentencia de fondo de la primera, el Tribunal de Alzada declarará que ésta ha causado ejecutoria.
Pago de costas en los casos de extinción del proceso
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.