Artículo 1.292 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1.292.- El absolvente que demuestre justa causa para no haber comparecido, podrá solicitar dentro del plazo que quede insubsistente la declaración de confeso, sin pe rjuicio de que puedan articularse de nuevo posiciones a solicitud de la parte interesada, hasta antes de la fase de alegatos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.