Código Civil estatal

Artículo 1.338 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1.338.- Las preguntas y repreguntas serán desechadas cuando:

I. No reúnan los requisitos de los dos artículos anteriores;

II. Se refieran a hechos o circunstancias ya probadas en autos;

III. Sean insidiosas;

IV. Sean contradictorias, en cuyo caso se desecharán las dos preguntas o repreguntas que contengan contradicción;

V. Estén formuladas en términos técnicos o se refieren a opiniones o creencias.

Testimonial por exhorto

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 1.338 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1.338 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México?

Las preguntas y repreguntas serán desechadas cuando: I. No reúnan los requisitos de los dos artículos anteriores; II. Se refieran a hechos o circunstancias ya probadas en autos; III. Sean insidiosas; IV. Sean…

¿Está vigente el artículo 1.338?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.