Código Civil estatal

Artículo 2.215 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México

Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2.215.- Si se embarga finca rústica, negociación mercantil o industrial, el depositario será mero interventor con cargo a la caja, vigilando la contabilidad, y tendrá las atribuciones siguientes:

I. Inspeccionará el manejo y operaciones de la finca o negociación, para que produzcan el mejor rendimiento posible;

II. Vigilará, en las fincas rústicas, la recolección de los frutos y su venta, recabando el precio;

III. Vigilará los contratos de compraventa en las negociaciones mercantiles, recogiendo el precio;

IV. Vigilará la compra de materia prima, su elaboración y venta de productos en las negociaciones industriales, recogiendo el precio;

V. Ministrará los fondos para los gastos de la negociación o finca rústica, y atenderá a que la inversión de esos fondos se haga convenientemente;

VI. Depositará en institución de crédito, el dinero que resultare sobrante después de cubiertos los gastos necesarios y ordinarios;

VII. Tomará provisionalmente las medidas prudentes, para evitar abusos y malos manejos de los administradores, dando inmediata cuenta al Juez, para que determine lo conducente.

Informe del interventor sobre la administración

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2.215 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México?

Si se embarga finca rústica, negociación mercantil o industrial, el depositario será mero interventor con cargo a la caja, vigilando la contabilidad, y tendrá las atribuciones siguientes: I. Inspeccionará el manejo y…

¿Está vigente el artículo 2.215?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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