Artículo 2.247 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2.247.- Antes de fincado el remate puede el deudor liberar sus bienes, si paga lo sentenciado.
Mejora o puja de posturas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.