Artículo 2.36 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2.36.- No procede la excepción de conexidad, cuando los juicios están en diversas instancias.
Excepciones dilatorias
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.