Artículo 4.13 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.13.- El síndico tendrá los mismos impedimentos respecto del concursado y del Juez que los que tienen los tutores que administren bienes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.