Artículo 5.62 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5.62.- La audiencia principal sólo se suspenderá por motivo excepcional a juicio del juez.
De los incidentes
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.