Artículo 187 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al pedirse la diligencia preparatoria, debe expresarse el motivo por el cual se solicita y el litigio que se trata de seguir o que se teme.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.