Artículo 2 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre, o se exprese equivocadamente con tal que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de la acción.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.