Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 206 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando se pida la fijación de alimentos provisionales, deberá de justificarse el derecho por el cual se solicitan y la necesidad de los mismos, a excepción de los casos en que la ley presume.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 206 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro?

Cuando se pida la fijación de alimentos provisionales, deberá de justificarse el derecho por el cual se solicitan y la necesidad de los mismos, a excepción de los casos en que la ley presume.

¿Está vigente el artículo 206?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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