Artículo 365 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En caso de que el señalamiento del domicilio de algún testigo resulte inexacto o el testigo no exista, el juez impondrá al promovente una multa de hasta diez días de salario mínimo general, sin perjuicio de que se denuncie la falsedad en que hubiere incurrido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.