Artículo 374 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para el examen de los testigos que no residen en el lugar del juicio, se liberará exhorto en que se incluirán, en pliego cerrado, las preguntas y respuestas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.