Artículo 418 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si cada parte nombra perito, y los nombrados coinciden en el avalúo, éste será el precio del bien valuado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.