Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 476 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si en el título con base en el cual se ejercita una acción hipotecaria se advierte que haya otros acreedores anteriores, el juez mandará notificarles la existencia del juicio para que manifiesten lo que a su derecho corresponda. (Ref. de fecha 08-05-98 P.O. No. 19)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 476 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro?

Si en el título con base en el cual se ejercita una acción hipotecaria se advierte que haya otros acreedores anteriores, el juez mandará notificarles la existencia del juicio para que manifiesten lo que a su derecho…

¿Está vigente el artículo 476?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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