Artículo 476 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si en el título con base en el cual se ejercita una acción hipotecaria se advierte que haya otros acreedores anteriores, el juez mandará notificarles la existencia del juicio para que manifiesten lo que a su derecho corresponda. (Ref. de fecha 08-05-98 P.O. No. 19)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.