Artículo 487 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las resoluciones dictadas en la vía sumaria hipotecaria podrán ser apeladas sólo en efecto devolutivo y en ningún caso podrá suspenderse el procedimiento.
(Ref. de fecha 08-05-98 P.O. No. 19)
CAPITULO IV Del juicio sumario de desahucio
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.