Artículo 649 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son acumulables a los juicios de testamentaria e intestado, todos los que tengan por objeto el pago de las deudas mortuorias, el inventario, avalúo, partición de los bienes u otro derecho a éstos, deducidos por cualquier persona con el carácter de heredero o legatario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.