Artículo 674 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el caso de la fracción IV del artículo 670, no habrá lugar a la condena en costas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.