Artículo 945 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La venta de los inmuebles se realizará a través de corredor público, o del propio tutor, quienes, según el caso, deberán dar cuenta al juez de los resultados de la venta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.