Artículo 962 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En ningún caso se admitirán, en jurisdicción voluntaria, informaciones de testigos sobre hechos que fueren materia de un juicio comenzado.
CAPITULO VI Apeo y deslinde
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.